Con las modificaciones que establece la Ley 32515, en el Directorio de las Cajas Municipales, el próximo año podríamos estar ante un escenario igual a 1987 – Mutuales 4.0
La Mutual de ahorro y préstamo para vivienda
Las Asociaciones Mutuales para Crédito de Vivienda se crearon mediante Ley n.º 12813 el 06 de marzo de 1957, durante el gobierno de Manuel Prado, en ella se estableció que eran asociaciones de derecho privado, sin ánimo de lucro, con el objeto de promover bajo su propia administración, la formación de capitales destinados al otorgamiento de préstamos para vivienda:

La Juntas de Administración o Directorio de las Mutuales y los requisitos.
El máximo órgano de gobierno de la Mutual sería la Junta General de Asociados y las Juntas de Administración (lo que conocemos como Directorio) . Originalmente las Juntas de Administración de las Mutuales estaban compuestas por, no menos de cinco ni de más de once miembros, quienes debían cumplir ciertos requisitos como por ejemplo: ser i) elegidos por voto directo de los asociados para un período de tres años, pudiendo ser ii) reelegidos indefinidamente , iii) tener o contar con determinado monto dinerario depositados (ahorros) en la mutual, iv) INTACHABLE REPUTACIÓN, entre otros requisitos.

Modificación de las Juntas de Administración (Directorios) durante el gobierno militar de Morales Bermúdez
Durante la dictadura o gobierno militar de Francisco Morales Bermúdez se publicó el Decreto Ley n.º 21821 el 01 de marzo de 1977, el cual modificó y dispuso que las Juntas de Administración (Directorios) estarían conformadas por 10 miembros. De ellos, 09 serían elegidos entre los asociados, hábiles hasta el 31 de diciembre del año anterior, re elegible una sola vez y 01 elegido entre los trabajadores de la Mutual

Estaban impedidos de ser miembros de la Junta de Administración:
- Los miembros de algún poder del estado
- Funcionarios o servidores del Banco de Vivienda
- Miembros de otras Juntas
- Los delincuentes
- Prestatarios deudores
- Personas declaradas en quiebra y
- Familiares de miembros de la Junta o de funcionarios.
Durante 30 años las Mutuales cumplieron de manera eficaz y eficiente el objetivo de su creación cientos de urbanizaciones, unidades vecinales, agrupaciones, fueron construidas, se otorgaron millones de soles para construcción de casas, ampliaciones de vivienda etc., dinero entregado y devuelto a las Mutuales beneficiando a miles o millones de familias peruanas.
El fin de las Mutuales -> Alan García Pérez y la toma por asalto los Directorios de la Mutuales
El 28 de julio año 1987, estábamos con mi familia almorzando en un restaurante, el televisor del local transmitía el mensaje de Alan García Pérez, cuando anunció que todos los bancos a partir de ese momento eran propiedad del Estado (estatización de la banca), la mayoría de adultos dejaron de comer y corrieron a hacer cola en el único teléfono del restaurant, en menos de 10 minutos todos se habían retirado dejando platos a medio comer. Ese día inició el cambio de vida de muchas familias (para mal) y en retrospectiva, tal vez, ese es el motivo por el cual hasta ahora miles de personas no pueden acceder a una vivienda digna o decente, o mejor dicho DESDE ese día los peruanos ya no pudimos acceder a viviendas dignas.

El Decreto Supremo 158-87-EF, promulgado ese mismo día, firmado por el entonces Ministro de Economía Gustavo Alberto Saberbein Chevalier y Alan García Pérez, entre otras disposiciones, modificó la composición de los Directorios de las Asociaciones Mutuales de Ahorro y Crédito de Vivienda (Mutuales), que para ese entonces además de sus propios fondos, eran las que principalmente administraban los MILLONARIOS recursos del Fondo Nacional de Vivienda – FONAVI (al que a todo trabajador estaba obligado a aportar de forma mensual mediante descuento de planilla) y que hasta esa época habían funcionado tan bien que otros países intentaron copiar el modelo. Lo que hizo la MISERABLE BASURA de ALAN GARCIA PEREZ y el ANIMAL DE GUSTAVO ALBERTO SABERBEIN CHEVALIER fue simplemente adueñarse de los fondos de millones de personas, SIRVIENDOSE DE DELINCUENTES, SI DELINCUENTES por que, por lo menos en ICA, todos esos DELINCUENTES terminaron sentenciados y presos en los Establecimientos penales de Cristo Rey de Cachiche en Ica y Tambo de Mora en Chincha
Cómo hicieron para hurtar a manos llenas el dinero, fue algo muy simple, (exactamente IGUAL como esta ocurriendo ahora): MODIFICARON QUIENES DESIGNABAN LA COMPOSICIÓN DE LA JUNTA DE ADMINISTRACIÓN o DIRECTORIO:
| Estamento | Distribución ANTERIOR (10 Directores) Decreto Ley. 21821 | Distribución POSTERIOR (9 Directores) Ley 24723 / D.S. 158-87-EF |
| Poder Ejecutivo (Estado) | 0 Director | Mayoría ( 4 a 5 Directores). Designados por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el Banco de la Vivienda. |
| Trabajadores | 1 Director | 2 Directores. Designados por la Federación de Empleados Bancarios (FEB) o sindicatos internos. |
| Gobiernos Regionales/Locales | 0 Director | 1 Director (El APRA tenía mayoría en Gob. Locales). |
| Asociados (Ahorristas) | 9 Directores | Eliminados o reducidos a minoría simbólica. En la práctica, perdieron todo poder de decisión. |
| Gerencia General | Designada por Asociados. | Designada por el Comité Estatal/Interventor. |
El modus operandi de los delincuentes apristas en el directorio de la Mutual Ica

Una vez que los «directores» tomaron el control de las Mutuales, las desfalcaron por completo, por ejemplo, en el caso de la Mutual Ica:
- Los señores directores simulaban vivir en Lima (el 90% eran iqueños) y pretendían que les paguen VIATICOS tanto cuando iban a Lima (porque estaban viajando para allá) como cuando venían a Ica (porque “vivían en Lima”)
- Hicieron construir y acondicionar “departamentos” en el último piso del edificio de la Mutual Ica en el que se “alojaban” solo o con su “familia” a los que pretendían que los atiendan mozos o personal de limpieza
- Solicitaban “adelantos” o “prestamos de caja chica” que rendían tarde mal o nunca
- Se hicieron pagar SUELDOS (como si fueran trabajadores), además de DIETAS que tampoco les correspondía
- CON DINERO DE LOS AHORRISTAS DE MUTUAL ICA PAGARON el 100% del funeral del aprista Fernando León de Vivero, entre finales de enero y febrero de 1990, desde las flores, durante el “velorio”, en el día el féretro estaba frente a las cajas abiertas (para asegurar que siempre hubiera gente) en las noches contrataron orquestas, cantantes, “ofrecieron” cenas, ponche, café, etc., etc, etc.
- Se agenciaron de las claves de la BOVEDA (se requerían 2 claves en caso la bóveda se tuviera que abrir a diferente hora de la programada) de donde HURTARON entre 1 a 5 millones de soles (actuales), cuando ya no pudieron ocultar más el desfalco (en la bóveda quedaban apenas uno o dos fajos de Intis millón) se les ocurrió inventar que “un ladrón había ingresado por el ducto de ventilación”, al momento de la reconstrucción, todos enmarrocados, con presencia de abogados, policías y fiscales, como no conseguían nadie que “quepa” por el ducto, empezaron a llamar familiares y amistades con niños (13, 12, 11, 7) nadie conseguía entrar por el estrechisimo «ducto», finalmente un niño de 3 o 4 años logró ingresar parcialmente su mano, pero su mano casi queda atrapada con un “fajo”, “ya ven era un enano el ratero que entro”. Desbaratadas todas las excusas y coartadas, todos los directores terminaron presos
El fin del FONAVI y la vivienda digna
A nivel nacional representó el “fracaso” del FONAVI. Al desaparecer o entrar en liquidación las Mutuales, los bancos (BCP, Latino, Interbank, De Comercio, etc.) no perdieron tiempo, ya SIN COMPETENCIA, el modelo tradicional también cambio:
Hasta antes del colapso de las Mutuales, toda entidad financiera tenía que agenciarse de dinero, la forma de hacerlo era:
- Captando ahorros de las personas, a esas personas se les pagaba una Tasa de Interés por sus ahorros, el dinero captado (de los ahorristas)
- Con el dinero depositado en la entidad financiera por los ahorristas, se otorgaban PRESTAMOS (por los cuales se cobraba una tas de Interés y otra se INVERTÍA
- La diferencia entre las tasa de Interés del préstamo – la tasa de interés por depósitos de ahorros era la GANANCIA o UTILIDAD de la entidad financiera, mutual o banco.
- Administrando fondos estatales, el más grande era el FONAVI
Cuando inicia la debacle de las mutuales, ya sin competencia, no tenían que «pelear» por captar «ahorristas» (mucho menos cuando el valor del dinero desaparecía en segundos debido a la inflación) en vez de pagar intereses por los ahorros, empezaron a cobrar «comisiones por mantenimiento» y otros inventos.
El FONAVI (a diferencia de lo que ahora es el Fondo Mi Vivienda) era un fondo que todos los trabajadores estaban obligados a aportar, los bancos empezaron a lucrar con la necesidad de viviendas de la población, así gracias a la dupla GARCIA – FUJIMORI el día de hoy terminas endeudado por 20, 30 años por un “depa” de 54 m2, cuando por el mismo plazo para pagar y a mucho menor costo mensual, se podía adquirir una casa de 180 m2, sin mencionar las facilidades que le dieron en algunos casos a Carlos Manrique Carreño (CLAE) que en Ica a través del Banco de Comercio se tuvo que evitar que ingresara y finalmente solo pudo comprar la playa de Estacionamiento de Mutual Ica frente a la Casona, en la Calle Castrovirreyna, que actualmente pertenecen a la Caja Municipal de Ica.

El «asalto» al Directorio de las Cajas Municipales
El día jueves 04 de diciembre de 2025, fue publicada la Ley n.º 32515 – Ley de Endeudamiento del sector público para el año fiscal 2026, en dicha ley, de “contrabando” los congresistas han insertado modificaciones a la Ley n.º 30607 (con el estrambótico nombre de «Ley que modifica y fortalece el funcionamiento de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito»), concretamente a los artículos 10 y 11 referidos a la composición del DIRECTORIO, plazos y forma de elección o designación.
La complicada y enredada manera de modificar un par de artículos
La modificación que se ha realizado requiere VARIAS explicaciones por parte del Congreso:
- El Proyecto de Ley n.º 12257/2025-PE ORIGINAL presentado en el mes de agosto por la ex presindenta Dina Boluarte y el ex presidente del Consejo de Ministros a JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ (actual presidente y que en ese entonces era presidente del congreso), no CONTENÍA o incluía la modificación de la ley 30607 que se ha realizado
- El día 20 de noviembre 2025, si se revisa en el portal el seguimiento del proyecto de le 12257/2025-PE, se puede apreciar que la Comisión de Presupuesto aprueba en mayoría una formula sustitutoria, es decir, al proyecto remitido por el Poder Ejecutivo los miembros de la Comisión, en cumplimiento de sus funciones 😀, revisaron y realizaron cambios, luego de lo cual fue derivado al Pleno del Congreso, para su debate votación

3. El dictamen que se aprobó en la Comisión y se envío al PLENO, tiene solamente hasta la QUINTA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA y una UNICA Disposición complementaria derogatoria que deroga el inciso 6 del numeral 11.3 del artículo 11 del Decreto Legislativo n.º 1437

4. El día 25 de noviembre 2025 el dictamen es programado en la agenda del pleno del congreso y se inicia el debate, pero, previo a ello, la JUNTA DE PORTAVOCES EXONERA LA PUBLICACIÓN DEL DICTAMEN


5. El 25 de noviembre se inicia el debate, al día siguiente, el 26 de noviembre, solicitan pasar a CUARTO INTERMEDIO y es allí aparentemente donde se incluye la modificación de los artículos 10º y 11º con la modificación del nombramiento y cantidad de los miembros de los directorios de las Cajas Municipales, puesto que en Texto Sustitutorio ya aparece incluida la décimo quinta disposición complementaria modificatoria

6. Las modificaciones son similares a las que se hicieron durante el gobierno de Alan García Pérez, es decir aparentan tener la misma cantidad de miembros de la Junta o Directorio, pero modifican o cambian al ente responsable de la designación (ante quién responden)
| Dimensiones de Análisis | D.S. N° 157-90-EF (Modelo Original 1990) | Ley N° 30607 – 13/07/2017 | Ley N° 32515 (15° Disp. Compl. 2026 –Modifica la ley 30607) |
| Artículo 10º Cantidad de miembros del Directorio | a) Al inicio 3 miembros: 1 regidor1 representante del clero1 del Banco Central de Reserva del Perú de COFIDE o del Banco de la Nación | 7 miembros: 2 mayoría Consejo municipal1 minoría Consejo municipal1 Cofide1 cámara Comercio 1 Clero1 pequeños comerciantes y productores. Excluye regidores y alcaldes | 7 miembros estandarizados para todas las CMAC: 2 mayoría del Consejo municipal1 minoría del Consejo municipal1 cámara Comercio1 Clero1 COFIDE1 pequeños comerciantes y productor designado por viceministro de PRODUCE Excluye regidores y alcaldes |
| b) Ampliación operaciones 5 miembros: 3 miembros (1 regidor, 1 representante del clero y 1 de Banco Central, B. Nación o COFIDE)1 regidor de minoría del Consejo Provincial 1 Cámara de Comercio | Art. 10-A: En caso de Fusión de Cajas 7 miembros: 4 de entidades distintas3 de los Consejos Municipales Excluye regidores y alcaldes | ||
| c) al inicio de operaciones de préstamos (sin empeños) 7 miembros: 3 (1 regidor, 1 representante del clero y 1 de Banco Central, B. Nación o COFIDE)1 Regidor de minoría del Consejo Provincial1 Regidor1 Cámara de Comercio 1 representante pequeños comerciantes del ámbito de la Caja | Art. 10 B. Variable: Hasta 9 miembros (Art. 10-B) según % de capital privado. Excluye regidores y alcaldes | ||
| Art. 10 C: Hasta 7 miembros 4 accionistas de la CMAC que adquiere a la otra CMAC 3 designados por clero, pequeños comerciantes y Camara Comercio CMAC adquirida. Excluye regidores y alcaldes | |||
| Artículo 11º Plazo del cargo | Nominados por el Consejo municipal 01 año Regidores 02 años Posibilidad reelección en sus cargos. | Elegidos conforme normas y procedimientos de la SBS Periodo de 3 años Posibilidad reelección | Elegidos conforme normas y procedimientos de la SBS.Periodo de 3 añosPosibilidad reelecciónPresidente del Directorio es elegido por un año y podrá ser reelegido por 2 periodos anuales consecutivos. |
7. Los nombramientos de directorios por parte del gobierno ahora son
- Del viceministro de PRODUCE –> 01
Donde aparentemente serían solamente 02 directores, pero, si tenemos en cuenta que también participan 02 representantes de la “mayoría” (es decir del partido que resulte ganador de las elecciones), se tendría
- Mayoría del Consejo + 02
- Minoría del Consejo + 01
8. Así el próximo partido político que entre al gobierno podría tener de 2 a 3 Directores, en el peor de los casos, ya que de lo contrario tendría la mayoría y se harían de las Cajas Municipales. A la fecha esta sería la distribución política

9. Según el portal Prensa Regional las utilidades netas de las 8 principales Cajas el 2024 fue de más de 408 millones de soles, los ingresos financieros son más de 6,885 millones de soles.

10. Según el portal Infobae en el mes de Julio de 2025, la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (FEPCMAC) habría denunciado a los congresistas JOSÉ JERI ORÉ (actual presidente), Ilich Lopez Ureña, y César Revilla Villanueva, a quienes señala por presunto conflicto de intereses y vulneración de principios éticos, que aparentemente pretendían realizar lo que ahora han logrado, en aquella oportunidad en el Proyecto de Ley presentado se establecía que la Confederación Nacional de Comerciantes (CONECO) sería la entidad encargada de seleccionar al representante de los pequeños comerciantes y productores en el directorio de las CMAC (ahora lo hace el viceministro del produce)

10. Finalmente a ello se suma otra ley con nombre estrambótico de esas que nos tiene acostumbrados el congreso y cuya finalidad es precisamente lo contrario a lo que indica le titular de la ley: LEY Nº 32507 – LEY QUE MODIFICA LA LEY 31419, LEY QUE ESTABLECE DISPOSICIONES PARA GARANTIZAR LA IDONEIDAD EN EL ACCESO Y EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE FUNCIONARIOS Y DIRECTIVOS DE LIBRE DESIGNACIÓN Y REMOCIÓN (les falto y de los Congresistas), según la cual, por ser congresistas pueden acreditar 1 año de experiencia por cada año sentados en el congrezoo
